La Comisión Europea ha aprobado, bajo las reglas de ayudas estatales de la UE, los planes franceses de crear un fondo de 3.000 millones de euros que invertirá a través de instrumentos de deuda, híbridos y de capital en empresas afectadas por el brote de coronavirus. El plan fue aprobado con arreglo a las ayudas estatales Marco temporal.
Vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager (en la foto), responsable de la política de competencia, dijo: “Este plan de recapitalización de 3.000 millones de euros permitirá a Francia apoyar a las empresas afectadas por el brote de coronavirus facilitando su acceso a la financiación en estos tiempos difíciles. Seguimos trabajando en estrecha cooperación con los estados miembros para encontrar soluciones viables para mitigar el impacto económico del brote de coronavirus, de acuerdo con las normas de la UE ”.
La medida de apoyo francesa
Francia notificó a la Comisión en el marco del marco temporal un plan de 3000 millones de euros para proporcionar apoyo de deuda y capital a las empresas afectadas por el brote de coronavirus.
El esquema se implementará a través de un fondo, que se denomina ‘Fondo de transición para empresas afectadas por el brote de COVID-19’, con un presupuesto de 3.000 millones de euros. En el marco del régimen, la ayuda adoptará la forma de (i) préstamos subordinados y participativos; y (ii) medidas de recapitalización, en particular instrumentos de capital híbrido y acciones preferentes sin derecho a voto.
La medida está abierta a empresas establecidas en Francia y activas en todos los sectores (excepto el financiero), que eran viables antes del brote de coronavirus y han demostrado la sostenibilidad a largo plazo de su modelo de negocio. Se espera que entre 50 y 100 empresas se beneficien de este plan.
La Comisión constató que las medidas se ajustan a las condiciones establecidas en el Marco temporal. En particular:
- Con respecto a ayudas en forma de medidas de recapitalización (i) el apoyo está disponible para las empresas solo si es necesario para mantener las operaciones, no hay otra solución adecuada disponible y es de interés común intervenir; (ii) la ayuda se limita a la cantidad necesaria para garantizar la viabilidad de los beneficiarios y restablecer su posición de capital antes del brote de coronavirus; (iii) el esquema proporciona una remuneración adecuada para el estado e incentiva a los beneficiarios y / o sus propietarios a reembolsar el apoyo lo antes posible (incluida la prohibición de dividendos y la prohibición del pago de bonificaciones a la administración); iv) existen salvaguardias para garantizar que los beneficiarios no se beneficien indebidamente de la ayuda de recapitalización del Estado en detrimento de la competencia leal en el mercado único, como una prohibición de adquisiciones para evitar una expansión comercial agresiva; y (v) las ayudas a una empresa por encima del umbral de 250 millones de euros deben notificarse por separado para su evaluación individual.
- Con respecto a ayudas en forma de préstamos subordinados, y dado que en el marco del régimen solo se otorgarán préstamos subordinados cuyo volumen supere los límites pertinentes establecidos en el Marco Temporal, la ayuda deberá cumplir íntegramente las condiciones anteriores establecidas para las medidas de recapitalización, de conformidad con el Marco Temporal.
La ayuda se concederá a más tardar el 31 de diciembre de 2021. Por último, solo las empresas que no se consideraban en dificultades financieras el 31 de diciembre de 2019 pueden optar a la ayuda en virtud de este régimen.
La Comisión concluyó que la medida es necesaria, adecuada y proporcionada para remediar una perturbación grave en la economía de Francia, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y las condiciones establecidas en el Marco temporal.
Sobre esta base, la Comisión aprobó el régimen de conformidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales.
Fondo
La Comisión ha adoptado una Marco temporal Permitir que los Estados miembros utilicen toda la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto del brote de coronavirus. El Marco Temporal, enmendado el 3 de abril, 8 de mayo, 29 de junio, 13 de octubre 2020 y 28 de enero de 2021, prevé los siguientes tipos de ayudas, que pueden ser concedidas por los Estados miembros:
(I) Subvenciones directas, aportaciones de capital, ventajas fiscales selectivas y anticipos de hasta 225.000 € a una empresa activa en el sector agrícola primario, 270.000 € a una empresa activa en el sector de la pesca y la acuicultura y 1,8 millones de € a una empresa activa en todos los demás sectores para atender sus necesidades urgentes de liquidez. Los Estados miembros también pueden otorgar, hasta el valor nominal de 1,8 millones de euros por empresa, préstamos o garantías sin interés sobre préstamos que cubran el 100% del riesgo, excepto en el sector de la agricultura primaria y en el sector de la pesca y la acuicultura, donde los límites de Se aplican 225.000 € y 270.000 € por empresa respectivamente.
(ii) Garantías estatales para préstamos tomados por empresas para garantizar que los bancos sigan proporcionando préstamos a los clientes que los necesitan. Estas garantías estatales pueden cubrir hasta el 90% del riesgo de los préstamos para ayudar a las empresas a cubrir las necesidades inmediatas de capital de trabajo e inversión.
(iii) Préstamos públicos subvencionados a empresas (deuda senior y subordinada) con tasas de interés favorables a las empresas. Estos préstamos pueden ayudar a las empresas a cubrir las necesidades inmediatas de inversión y capital de trabajo.
(iv) Salvaguardias para los bancos que canalizan las ayudas estatales a la economía real que dicha ayuda se considera una ayuda directa a los clientes de los bancos, no a los propios bancos, y proporciona orientación sobre cómo garantizar una distorsión mínima de la competencia entre bancos.
(v) Seguro público de crédito a la exportación a corto plazo para todos los países, sin necesidad de que el Estado miembro en cuestión demuestre que el país respectivo es temporalmente «no comercializable».
(vi) Apoyo a la investigación y el desarrollo (I + D) relacionados con el coronavirus para hacer frente a la actual crisis sanitaria en forma de subvenciones directas, anticipos reembolsables o ventajas fiscales. Puede concederse una bonificación por proyectos de cooperación transfronteriza entre Estados miembros.
(vii) Soporte para la construcción y ampliación de instalaciones de prueba Desarrollar y probar productos (incluidas vacunas, ventiladores y ropa protectora) útiles para hacer frente al brote de coronavirus, hasta el primer despliegue industrial. Esto puede tomar la forma de subvenciones directas, ventajas fiscales, anticipos reembolsables y garantías sin pérdidas. Las empresas pueden beneficiarse de una bonificación cuando su inversión esté respaldada por más de un Estado miembro y cuando la inversión finalice dentro de los dos meses posteriores a la concesión de la ayuda.
(viii) Apoyo a la producción de productos relevantes para hacer frente al brote de coronavirus en forma de subvenciones directas, ventajas fiscales, anticipos reembolsables y garantías sin pérdidas. Las empresas pueden beneficiarse de una bonificación cuando su inversión esté respaldada por más de un Estado miembro y cuando la inversión finalice dentro de los dos meses posteriores a la concesión de la ayuda.
(ix) Apoyo específico en forma de aplazamiento del pago de impuestos y / o suspensiones de cotizaciones a la seguridad social para los sectores, regiones o tipos de empresas más afectados por el brote.
(X) Apoyo específico en forma de subvenciones salariales para los empleados para aquellas empresas de los sectores o regiones que más han sufrido por el brote de coronavirus y, de lo contrario, habrían tenido que despedir personal.
(xi) Ayuda de recapitalización selectiva a empresas no financieras, si no se dispone de otra solución adecuada. Existen salvaguardias para evitar distorsiones indebidas de la competencia en el mercado único: condiciones sobre la necesidad, idoneidad y magnitud de la intervención; condiciones de entrada del Estado en el capital social y retribución; condiciones relativas a la salida del Estado del capital de las empresas interesadas; condiciones relativas a la gobernanza, incluida la prohibición de dividendos y los topes de remuneración para la alta dirección; prohibición de las subvenciones cruzadas y prohibición de adquisiciones y medidas adicionales para limitar las distorsiones de la competencia; requisitos de transparencia y presentación de informes.
(xii) Soporte para costos fijos no cubiertos para las empresas que enfrentan una disminución en el volumen de negocios durante el período elegible de al menos un 30% en comparación con el mismo período de 2019 en el contexto del brote de coronavirus. La ayuda contribuirá a cubrir una parte de los costes fijos de los beneficiarios que no estén cubiertos por sus ingresos, hasta un importe máximo de 10 millones de euros por empresa.
La Comisión también permitirá a los Estados miembros convertir hasta el 31 de diciembre de 2022 los instrumentos reembolsables (por ejemplo, garantías, préstamos, anticipos reembolsables) concedidos con arreglo al Marco temporal en otras formas de ayuda, como subvenciones directas, siempre que se cumplan las condiciones del Marco temporal.
El marco temporal permite a los Estados miembros combinar todas las medidas de apoyo entre sí, excepto los préstamos y garantías para el mismo préstamo y que superen los umbrales previstos por el marco temporal. También permite a los Estados miembros combinar todas las medidas de apoyo concedidas en el marco del marco temporal con las posibilidades existentes de conceder de minimis a una empresa de hasta 25.000 euros durante tres ejercicios fiscales para empresas activas en el sector agrícola primario, 30.000 euros durante tres ejercicios fiscales para empresas activas en el sector de la pesca y la acuicultura y 200.000 € durante tres ejercicios fiscales para empresas activas en todos los demás sectores. Al mismo tiempo, los Estados miembros deben comprometerse a evitar la acumulación indebida de medidas de apoyo para que las mismas empresas limiten el apoyo para satisfacer sus necesidades reales.
Además, el marco temporal complementa las muchas otras posibilidades que ya tienen los Estados miembros para mitigar el impacto socioeconómico del brote de coronavirus, de conformidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó un Comunicación sobre una respuesta económica coordinada al brote de COVID-19 exponiendo estas posibilidades. Por ejemplo, los Estados miembros pueden realizar cambios de aplicación general en favor de las empresas (por ejemplo, diferir impuestos o subvencionar el trabajo a tiempo reducido en todos los sectores), que quedan fuera de las normas sobre ayudas estatales. También pueden otorgar una compensación a las empresas por los daños sufridos debido y directamente causados por el brote de coronavirus.
El marco temporal estará en vigor hasta finales de diciembre de 2021. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esta fecha si es necesario prorrogarlo.
La versión no confidencial de la decisión estará disponible con el número de caso SA.63656 en el Registro de ayudas estatales en la Comisión competencia sitio web una vez que se hayan resuelto los problemas de confidencialidad. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial se enumeran en el Noticias electrónicas semanales de la competencia.
Se puede encontrar más información sobre el marco temporal y otras acciones que la Comisión ha tomado para abordar el impacto económico de la pandemia de coronavirus. aquí.