El ex presidente Goodluck Jonathan dice que está «constitucionalmente» calificado para competir por la presidencia en 2023, y agrega que la Sección 137, subsecciones 1 (b) y 3 de la Constitución de Nigeria de 1999, enmendada, no tiene ningún efecto sobre él.
El presidente Muhammadu Buhari firmó el 4 de junio de 2018 una enmienda constitucional que impide que un vicepresidente que complete el mandato de un presidente se presente a la presidencia más de una vez.
La ley también impide que un vicegobernador que completa el mandato de gobernador busque un segundo mandato como gobernador.
El mandato de un presidente puede acortarse por motivos de muerte, renuncia o muerte para allanar el camino para que el vicepresidente complete el mandato del presidente fallecido.
Tras la muerte del entonces presidente Umaru Yar’Adua el 5 de mayo de 2010, Jonathan, como entonces vicepresidente, prestó un nuevo juramento para completar el mandato de Yar’Adua como presidente.
También prestó juramento para otro mandato el 29 de mayo de 2011, después de ganar las elecciones presidenciales de ese año.
El primer acusado argumentó que, dado que adquirió su derecho a impugnar y, si tiene éxito, prestar juramento como presidente después de perder su candidatura a la reelección en 2015 ante el actual presidente, el presidente Muhammadu Buhari, sería poco ético para el espíritu y la intención. de la legislatura para quitarle el derecho que adquirió en 2015 sobre la base de una ley que entró en vigor en 2018.
Jonathan, en una contradeclaración declarada por su asistente, Peletiri John Debetimi a una demanda marcada FHC/YNG/CS/86/2022, pidiendo su inhabilitación, dijo que la ley no se puede aplicar a su caso.
Andy Solomon e Idibiye Abraham se habían acercado a un Tribunal Superior Federal con sede en Yenagoa, estado de Bayelsa, para que el expresidente fuera inhabilitado para participar en las elecciones presidenciales de 2023.
Enumeraron a Jonathan, el Congreso de Todos los Progresistas (APC) y la Comisión Electoral Nacional Independiente (INEC) como primer, segundo y tercer acusado respectivamente.
El dúo argumentó que, en virtud de la introducción de la Sección 137, subsecciones 1 (b) y 3 de la Constitución de Nigeria de 1999 enmendada, el ex presidente ya no era elegible para competir por el cargo de presidente porque había tomado un juramento a ese cargo en dos ocasiones anteriores.
Pero en respuesta, Jonathan dijo que no sería ético para el espíritu y la intención de la legislatura quitarle el derecho que adquirió en 2015 cuando perdió ante el presidente Buhari sobre la base de una ley que entró en vigencia en 2018.
“Al ser notificado de los procesos de origen de los demandantes, el primer acusado, a través de su abogado, EK Omare & Co. presentó su contra-declaración jurada y dirección escrita, ambas con fecha 19 de mayo de 2022. La contra-declaración jurada del primer acusado es de 12 párrafos y es depuesto por un Ing. Peletiri John Debetimi, quien se describió a sí mismo como asistente del primer acusado”, se lee en los documentos judiciales vistos por SaharaReporters.
“Una prueba marcada como Prueba EKOI (es decir, ‘Prueba A) se adjuntó a dicha contradeclaración. El Anexo EKOI (es decir, el Anexo A) es una copia del boletín oficial que contiene la cuarta modificación de la constitución de la República Federal de Nigeria, 1999.
“En resumen, la respuesta del primer acusado, tal como se indica en su contradeclaración jurada, es que nunca ha sido ‘elegido’ para el cargo de presidente de la República Federal de Nigeria en dos ocasiones anteriores. El primer acusado afirmó que el juramento que prestó el 6 de mayo de 2010 se tomó en el momento de su ‘elección’ como presidente de la República Federal de Nigeria. El primer acusado afirmó además que prestó dicho juramento para completar el mandato abortado del difunto presidente Umaru Yar’Adua.
“El primer acusado ha argumentado que, dado que adquirió su derecho a impugnar y, si tiene éxito, prestar juramento como presidente después de perder su candidatura a la reelección en 2015 ante el actual presidente, el presidente Muhammadu Buhari, sería poco ético para el espíritu y intención del legislador de quitarle el derecho que adquirió en el año 2015 sobre la base de una ley que entró en vigor en 2018.
“Ahora la posición de la ley sobre la aplicación retroactiva o retrospectiva de las leyes está bastante resuelta. Las leyes retroactivas son las que se refieren o cobijan asuntos o hechos ocurridos antes de su fecha de inicio”.
Fondo
Jonathan había rechazado recientemente la forma presidencial del gobernante APC comprada para él, supuestamente por un grupo de simpatizantes de la región norte.
Hablando a través de su asesor de medios, Ikechukwu Eze, el ex presidente dijo que era un insulto para el grupo haberle comprado los formularios sin su permiso.
Sin embargo, las fuentes le habían dicho a SaharaReporters que las afirmaciones del ex presidente de que no autorizó la compra de formularios de nominación presidencial y expresión de interés multimillonarios estaban lejos de la verdad.
SaharaReporters publicó la historia de cómo una camarilla en el gobernante APC había presionado para que Jonathan sucediera a Buhari, después de quedar impresionado por cómo el ex presidente nunca criticó abiertamente al gobierno de Buhari a pesar de su ineptitud y los insultos que el APC, como partido de oposición, le lanzó. (Jonathan) antes de las elecciones presidenciales de 2015.
El hecho de que Jonathan no pueda pasar más de un mandato en el cargo, si logran llevarlo allí, tampoco pasa desapercibido para la cábala. Sin embargo, SaharaReporters también informó que Jonathan fue llamado traidor por la cábala después de que no cumplió con algunas de las condiciones que se le dieron, incluida la de convencer a algunos gobernadores del PDP de desertar al APC.
Tras las especulaciones de que Jonathan se estaba preparando para desertar al gobernante APC y buscar la candidatura presidencial del partido, algunos nigerianos, incluido el abogado de derechos humanos Femi Falana (SAN), argumentaron que su candidatura violaría la constitución. Otros nigerianos también han expresado diferentes opiniones sobre el tema.
Falana había basado su posición en la Sección 137 (3) de la Constitución, que establece lo siguiente: “Una persona que prestó juramento para completar el mandato para el cual otra persona fue elegida como presidente no será elegida para dicho cargo por más de un término único”.
Falana había dicho: “Algunas personas han dicho que la enmienda no es retrospectiva y, por lo tanto, no puede aplicarse al Dr. Jonathan.
Suponiendo sin admitir que la reforma no es retrospectiva, se alega que conforme a la Constitución vigente un Presidente o Gobernador no puede pasar más de dos mandatos de ocho años.
“En otras palabras, la Constitución no permitirá que nadie esté en el cargo por más de un período acumulativo de 8 años. En Marwa v. Nyako (2012) 6 NWLR (Pt.1296) 199 en 387, la Corte Suprema declaró que la Sección 180 (1) y (2) (a) de la Constitución de 1999 de la República Federal de Nigeria ha prescrito un solo término de 4 años y si es un segundo plazo, otro de 4 años y ni un día más.
“En el caso del Gobernador Ladoja v INEC (2008)40 WRN 1, la Corte Suprema rechazó la petición del Gobernador Ladoja de una prórroga de 11 meses para cubrir el período en que estuvo fuera del cargo a través de un juicio político ilegal. La Corte Suprema rechazó la oración por considerar que un Gobernador tiene derecho a pasar un período máximo de ocho años o menos y no más de ocho años.
“No se discute que el Dr. Jonathan se convirtió en presidente de Nigeria en 2010 tras la repentina muerte del presidente Umaru Yar’Adua. Más tarde participó y ganó las elecciones presidenciales de 2011. Habiendo pasado cinco años en el cargo de presidente, el Dr. Jonathan está descalificado para participar en las elecciones presidenciales de 2023. La razón es que si gana las elecciones, pasará un mandato adicional de cuatro años. Significa que pasaría un período acumulativo de 9 años como presidente de Nigeria en total violación de la Sección 137 de la Constitución, que establece un máximo de dos períodos de ocho años”.